Estimados Socios:

Como seguramente todos sabéis, en este año 2020, finaliza el mandato de la actual Junta Directiva. Los retos y necesidades del club en las próximas fechas, hacen imperativo que, cuanto antes, se proceda a la renovación democrática de la misma para poder acometer estos próximos cuatro años con la misma confianza en la Junta que resultare ganadora de las elecciones.

Resulta además conveniente adelantar la fecha de la elección de la Junta para que la Junta entrante cuente con el tiempo suficiente para elaborar el presupuesto de la próxima temporada 2020 2021 y establezca sus propios objetivos para su mandato.

Es por ello que hemos decidido, de acuerdo a los Estatutos del Club, fijar como fecha de Asamblea General Extraordinaria y elección de la nueva Junta el próximo 20 DE MARZO DE 2020 en lugar a definir. Para llevar a cabo este proceso, y ante la ausencia de un reglamento electoral propio e interno, se definen las siguientes reglas:

  • Todo el proceso será responsabilidad de la Junta Electoral que queda constituida por las siguientes personas:
    • DOÑA ANTONIA RODRIGUEZ. GERENTE DEL CLUB.
    • DON VICTOR J. ALONSO MENÉNDEZ, VICEPRESIDENTE EN FUNCIONES DEL CLUB.
    • DON JOSÉ VARELA. VOCAL EN FUNCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA.
  • El proceso electoral seguirá el siguiente calendario:
    • 24 de febrero: exhibición y comunicación del censo de electores y elegibles.
    • 27 de febrero: Fecha limite para aceptar enmiendas o adiciones a ambos censos.
    • 4 de marzo. Fecha limite de presentación de candidaturas.
    • 5 de marzo. Promulgación de candidaturas.
    • 20 de marzo. Presentación en Asamblea de candidaturas y votación.
    • 23 de marzo. Promulgación de resultados.

Con objeto de facilitar el proceso, trascribimos los artículos de los estatutos referidos al proceso electoral:

ELECCIÓN DE JUNTA, PROCEDIMIENTO Y COMPOSICIÓN MÍNIMA DE CANDIDATURAS

Articulo 25. Procedimientos para la elección y sustitución de sus miembros.

Los cargos de presidente, vicepresidente, secretario y tesorero, serán elegidas por la Asamblea General Ordinaria de la siguiente forma;

El procedimiento para la elección consistirá en la presentación de candidaturas, junto con el historial, y un programa de actuación en los plazos que se fijen reglamentariamente. De entre las candidaturas recibidas se proclamar electa aquella que obtenga los dos tercios de los votos emitidos en primera votación y de mayoría absoluta en segunda votación,

El resto de los componentes de la Ejecutivo se elegirán por el presidente y se presentarán a su ratificación en la Asamblea.

La elección de los cargos de presidente, vicepresidente, secretario y tesorero del Club será por un periodo de cuatro años. Al cesar el presidente, lo hardn simultáneamente los componentes de la junta Directiva. En caso de producirse vacante en algún cargo de la Directiva el periodo del sustituto finalizar con el de gestión de lo vigente Junta.

CONDICIÓN DE ELEGIBLE Y ELECTOR

Condición de elegible.

Articulo 10. Condiciones de los Socios.

Podrán ser escogidos vocales de la Junta Directiva todos los socios siempre que sean mayores de edad, tengan buena capacidad de obrar, se encuentren al corriente de pago de sus cuotas sociales, no tengan suspendidos sus derechos sociales a consecuencia de expediente disciplinario y que se acredite en el fichero de socios uno antigüedad ininterrumpida de dos años como mínimo.

Para los cargos de presidente, vicepresidente, secretario y Tesorero deberán cumplir con las condiciones de ser mayores de edad, tener plena capacidad de obrar, se encuentren al corriente de pago de sus cuotas sociales, no tengan suspendidos sus derechos sociales a consecuencia de expediente disciplinario y que dispongan de una antigüedad de cuatro años ininterrumpidos en cualquiera de las modalidades de socios.

Condición de elector.

Articulo 11. Derechos de los socios.

Son derechos de los socios simpatizantes y compromisarios )

Acudir a las asambleas convocadas por la Junta Directiva, siempre y cuando hayan sido admitidos como socios con seis meses de antelación a la convocatoria de las mismas.

Asimismo, y de acuerdo a nuestros Estatutos, recordamos que el voto es ostentado por los socios de manera individual e intransferible (art. 19 de los Estatutos) no estando permitida la delegación de voto, ni el voto telemático. Solo serán contabilizados los votos de aquellos participantes en la Asamblea que acudan personalmente y reúnan los requisitos necesarios para su ejercicio.

 

Informamos que los socios tienen a su disposición en las oficinas del Club el censo para posibles enmiendas o adiciones.
Aprovechamos para recordar, como indica la comunicación adjunta, que la fecha límite para admitir dichas modificaciones es el jueves 27 de febrero de 2.020.

 

Carta original en PDF.