Tras la notificación por vía telemática a los socios del Club gracias a la prerrogativa recogida en el RDL 8/2020, art 40.2; dictada para el manejo de las sociedades y asociaciones en estos tiempos de crisis, y que, literalmente establece lo siguiente:

Artículo 40. Medidas extraordinarias aplicables a las personas jurídicas de Derecho privado.

2. Aunque los estatutos no lo hubieran previsto, durante el periodo de alarma, los acuerdos de los órganos de gobierno y de administración de las asociaciones, de las sociedades civiles y mercantiles, del consejo rector de las sociedades cooperativas y del patronato de las fundaciones podrán adoptarse mediante votación por escrito y sin sesión siempre que lo decida el presidente y deberán adoptarse así cuando lo solicite, al menos, dos de los miembros del órgano. La misma regla será de aplicación a las comisiones delegadas y a las demás comisiones obligatorias o voluntarias que tuviera constituidas. La sesión se entenderá celebrada en el domicilio social. Será de aplicación a todos estos acuerdos lo establecido en el artículo 100 del Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Mercantil, aunque no se trate de sociedades mercantiles.

Al ser la única candidatura presentada en forma y plazo, queda constituida la nueva Junta Directiva del CDB Alcobendas Rugby formada por:

Presidente: D. Ignacio Ardila Jiménez

Vicepresidente: D. José Benigno Varela Couceiro

Secretario: D. Víctor José Alonso Manéndez

Tesorero: D. Daniel García Rodríguez

Vocales:

D. Antonio Marcos Pérez

D. Enrique Luis González Camino Bertón

D. Jesús García Muñoz

D. Antonio Martín Martín

D. José Manuel Ibáñez Camacho

Respecto a la votación para la autorización al Presidente para la renovación de la póliza de crédito suscrita por el club. Instrumento que es indispensable para garantizar el flujo de caja y paliar los déficits puntuales de tesorería. El resultado de la votación fue de 151 votos a favor, 8 abstenciones y 1 voto en contra.